El reto: Eficacia, eficiencia, profesionalidad, imparcialidad e independencia en los procesos de acceso



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El reto es disponer de un sistema de acceso a la función pública que responda a las necesidades de una administración del siglo XXI, manteniendo y reforzando los fundamentos de actuación recogidos en el artículo 1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre):
    • a) Servicio a los ciudadanos y a los intereses generales
    • b) Igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional.
    • c) Sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
    • d) Igualdad de trato entre mujeres y hombres.
    • e) Objetividad, profesionalidad e imparcialidad en el servicio garantizadas con la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.
    • f) Eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos.
    • g) Desarrollo y cualificación profesional permanente de los empleados públicos.
    • h) Transparencia.
    • i) Evaluación y responsabilidad en la gestión.
    • j) Jerarquía en la atribución, ordenación y desempeño de las funciones y tareas.
    • k) Negociación colectiva y participación, a través de los representantes, en la determinación de las condiciones de empleo.
    • l) Cooperación entre las Administraciones Públicas en la regulación y gestión del empleo público.
El reto es desarrollar un modelo operativo estructurado sobre los siguientes pilares:
  • Respuesta inmediata: Que dé una respuesta ágil e inmediata a las necesidades de cobertura, evitando recurrir de manera sistemática a la figura del personal interino para cubrir vacantes. (Principios a y f)

  • Definición prospectiva: Que parta de una definición previa de los puestos: un diseño pensado en el presente, pero proyectado hacia el futuro. (Principio f)

  • Evaluación de la idoneidad: Que se trate de un sistema de selección basado en la evaluación real de la idoneidad. Los puestos deben definirse considerando sus funciones, tareas, requisitos académicos y retribución, pero situando las competencias técnicas y personales necesarias en el centro del proceso para orientar la selección. (Principio b)

  • Tecnificación del proceso: Que los procesos selectivos estén altamente tecnificados; es decir, diseñados, gestionados y ejecutados por personal cualificado en la evaluación de competencias e implementando herramientas tecnológicas en todas sus fases. (Principio e)

  • Supervisión garante: Que exista una supervisión eficaz que otorgue plenas garantías a todas las partes intervinientes, tanto a las Administraciones como a los aspirantes. (Principio h)

  • Acreditación universal: Que el sistema de acreditación de competencias esté abierto al conjunto de la ciudadanía. (Principios a y b)

  • Validez temporal de competencias: Que las competencias acreditadas tengan una validez temporal determinada (con un límite mínimo y máximo); es decir, que las competencias certificadas sean válidas para otras convocatorias en las que se requiera ese mismo perfil. (Principio l)

  • Optimización de costes: Que optimice el coste de los procesos selectivos evitando la duplicidad de convocatorias y maximizando el uso de recursos económicos, técnicos, humanos y materiales. (Principios f y l)

  • Transparencia y trazabilidad: Que el sistema de ofertas resulte transparente para los participantes, permitiéndoles optar de manera clara y sencilla a las distintas convocatorias, así como realizar un seguimiento ágil del proceso. (Principios a y b)

  • Minimización de la judicialización: Que reduzca a su mínima expresión la litigiosidad y judicialización de los conflictos, actuando tanto sobre el diseño normativo de las bases como sobre el rigor técnico de las pruebas. (Principio c)

  • Retorno de la inversión: Que garantice el retorno de la inversión económica y técnica realizada por la Administración convocante. Tras una oferta de empleo público (OEP), la plaza adjudicada no puede quedar desierta o vacante de nuevo a las primeras de cambio; o, en su defecto, el coste debe revertir en la organización para iniciar un proceso de cobertura inmediata. (Principios a y l)

¿Es esto posible? ¿Podemos pasar en materia de selección de personal en la Administración del actual y preocupante «tarde y mal» al deseado «pronto y bien»?

Sí, pero no a desde del modelo actual. Así, no.




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